Guía ciudadana sobre el seguro obligatorio de patinetes y VMP
La nueva Ley 5/2025 ha actualizado las reglas del juego para la movilidad urbana en España, buscando dar una mayor protección a las víctimas de accidentes de tráfico. A continuación, te explicamos de forma sencilla cómo funciona este nuevo sistema de aseguramiento.
- ¿Qué es un vehículo personal ligero?
No todos los juguetes o aparatos con ruedas necesitan seguro. La ley se centra en los vehículos de una sola plaza, con motores eléctricos, que circulan por el suelo y que cumplen estas características:
- Si pesan menos de 25 kg: velocidad máxima entre 6 y 25 km/h.
- Si pesan más de 25 kg: velocidad máxima entre 6 y 14 km/h.
¿Qué queda fuera? Las sillas de ruedas para personas con movilidad reducida y las bicicletas de pedaleo asistido (las que requieren que pedalees para que el motor te ayude y que se desconectan al llegar a 25 km/h) no están obligadas a este seguro.
- La obligación de asegurar
A partir de ahora, todo dueño de un patinete eléctrico que cumpla la definición anterior debe contratar y mantener en vigor un seguro de responsabilidad civil. Este seguro es para España y garantiza que, si causas un accidente, la aseguradora se hará cargo de las indemnizaciones a los perjudicados.
Para que el seguro sea válido, el vehículo debe cumplir tres requisitos administrativos:
- Tener el certificado de circulación.
- Estar dado de alta en el Registro de Vehículos.
- Llevar un distintivo o etiqueta con su número de registro o matrícula.
- ¿Cuánto cubre este seguro?
Aunque el patinete sea pequeño, los accidentes pueden ser graves. Por eso, la ley establece unas coberturas mínimas muy altas:
- Hasta 6.450.000 euros para daños a personas (lesiones o fallecimiento), sin importar cuántas víctimas haya.
- Hasta 1.300.000 euros para daños en bienes (por ejemplo, si chocas contra un coche o un escaparate).
- ¿Qué pasa si no tengo seguro?
Si circulas sin él, te enfrentas a multas. Además, en caso de accidente, si el vehículo no tiene seguro pero cumple con los requisitos para estar registrado, el Consorcio de Compensación de Seguros podría intervenir para pagar los daños personales, aunque luego reclamará el dinero al propietario. Sin embargo, si has manipulado las prestaciones del patinete (por ejemplo, para que corra más), la aseguradora o el Consorcio podrán reclamarte todo lo pagado.
- Plazos importantes
Este cambio no es inmediato para todos:
- Vehículos personales ligeros (patinetes estándar): La obligación de tener seguro y estar registrados será exigible desde el 2 de enero de 2026.
- Vehículos que ahora son «a motor»: Si por su potencia o velocidad tu vehículo antes no era «a motor» y ahora sí lo es según el nuevo artículo 1 bis, tienes un periodo de seis meses de margen para contratar el seguro obligatorio de vehículos a motor sin que te multen.
Analogía útil: Imagina que tu patinete eléctrico es ahora como un «hermano menor» de un coche. Ya no es solo un aparato para moverte, sino un miembro oficial del tráfico que, al igual que los coches, necesita sus propios «documentos de identidad» (registro) y una «red de seguridad» (seguro) para proteger a los demás usuarios de la calle.